Condecoraciones - Distinciones
Según lo establecido en la Normativa Interna Militar en su arto. 101, Las distinciones son recompensas que se otorgan a los militares y ciudadanos nacionales y extranjeros en reconocimiento a actos de relevancia y aspectos de la vida militar, se otorga por el Comandante en Jefe.
En el Ejército de Nicaragua establecen las siguientes Distinciones:
Distinción Cumplimiento del Deber
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Se otorga por el Comandante en Jefe del Ejército de Nicaragua a Oficiales, Funcionarios, Suboficiales, Clases, Soldados, Marineros y Personal Auxiliar, que alcancen la categoría de vanguardia de la Unidad Militar en la que prestan servicio, en el transcurso del año anterior y habiéndola preservado durante el primer semestre del año en que se elabora la propuesta, por el exitoso cumplimiento de las tareas de disposición combativa, instrucción general, docente y especial. Se otorga además a quien él considere que por sus altos méritos sea merecedor de la misma. |
Distinción Académica
![]() I Clase |
I CLASE II CLASE Se otorgarán por el Comandante en Jefe a quien él considere que por sus altos méritos sea merecedor de la misma. |
![]() II Clase |
Distinción Deportiva
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Se otorga por el Comandante en Jefe a miembros del Ejército que con su representación hayan puesto muy en alto el honor de la Patria y a la institución militar en los diferentes eventos deportivos institucionales, nacionales e internacionales, así mismo se puede otorgar a personalidades civiles vinculados con el deporte nacional que hayan puesto muy en alto el honor de la Patria. |
Distinción Cumplimiento del Servicio
![]() V Años |
![]() X Años |
![]() XV Años |
![]() XX Años |
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![]() XXV Años |
![]() XXX Años |
![]() XXXV Años |
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Se otorga por el Comandante en Jefe a propuesta de los jefes de las unidades, a los Jefes, Oficiales, Funcionarios, Suboficiales, Clases, Soldados (Marineros) y Personal Auxiliar; en reconocimiento a la antigüedad y ejemplaridad en la prestación del servicio militar activo. Se entrega por cada cinco años de servicio cumplidos de forma continua, siempre que la evaluación de la prestación del servicio haya obtenido una calificación satisfactoria. Para el caso de Personal Civil se deben presentar documentos que certifiquen su ejemplaridad y eficiencia laboral. |
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